26 de noviembre, 2023 CDMX, Ciudad de México
FGR informa
El
inmueble que Emilio ?L?, adquirió ilegalmente con fondos provenientes de lavado
de dinero, sigue asegurado y no será devuelto; ya que el criterio expresado por
la Jueza Federal Ana Lilia Osorno Arroyo es inaceptable, al negar la aplicación
obligatoria de la Ley Nacional de Extinción de Dominio y alegar una
retroactividad que es contraria a la misma.
Es
necesario recalcar que la propia Ley Nacional de Extinción de Dominio
establece, con toda contundencia, que ningún acto jurídico sobre bienes afectos
a extinción de dominio puede ser legitimado, y que son legales y válidos los
procedimientos de extinción que se hayan iniciado a partir de la entrada en
vigor de la misma, con independencia de que el hecho ilícito haya sucedido con
anterioridad (Artículo 12 y 6º Transitorio).
Estos
artículos y toda la Ley correspondiente, fueron convalidados por la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, cuando revisó la totalidad de dicha Ley.
El
recurso de apelación correspondiente se está presentando dentro del plazo
legal; y se informará, en su momento, sobre los alegatos que la FGR expondrá al
respecto.
Independientemente
de lo anterior, dicho inmueble también se encuentra legítimamente asegurado en
otro procedimiento penal diferente a éste, por delitos de asociación delictuosa
y operaciones con recursos de procedencia ilícita.