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Comunicado FGR 176/24

08 de abril, 2024 CDMX, Ciudad de México

FGR obtiene sentencia condenatoria de hasta 28 años en contra de tres personas

La Fiscalía General de la República (FGR), a través de la Fiscalía Especializada en materia de Delincuencia Organizada (FEMDO), en coordinación con la Fiscalía Federal en el Estado de México, obtuvo sentencia condenatoria en contra de Edgar ?M?, Justo ?J? y Gamaliel  ?V?, por los ilícitos de delincuencia organizada (finalidad de cometer delitos contra la salud y secuestro), portación de arma de fuego y posesión de cartuchos, ambos de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.

 

Estas personas fueron detenidas en agosto de 2014, por elementos de la Secretaría de Marina-Armada de México (SEMAR), sobre la carretera El Estanco-Luvianos, de Luvianos, Estado de México. Se les vincula con un grupo delictivo.

 

Posteriormente, y tras una reposición de procedimiento, el Juzgado Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México con sede en Toluca, dictó sentencia condenatoria de 28 años ocho meses de prisión en contra de Edgar ?M?, por el delito de delincuencia organizada (finalidad de cometer delitos de contra la salud y secuestro, con funciones de dirección); portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército Armada y Fuerza Aérea (agravante de portar dos armas o más); y posesión de cartuchos para arma de uso exclusivo.

 

Para Justo ?J?, por delincuencia organizada (finalidad de cometer delitos de contra la salud y secuestro, sin funciones de dirección, con agravante de ser integrante de una institución de seguridad pública); portación de arma de fuego y de cartuchos, de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea (ambos con agravante de ser miembro de una institución de seguridad pública); imponiéndole una pena de 19 años tres días de prisión, así como, destitución e inhabilitación del servicio público (policía).

 

Por último, Gamaliel ?V? por delincuencia organizada (finalidad de cometer delitos de contra la salud y secuestro, sin funciones de dirección); portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, y posesión de cartuchos de uso exclusivo (agravante de haber sido miembro de una institución de seguridad); imponiéndole una pena de 14 años seis meses de prisión.

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